En esta sección resolvemos de forma transparente y sencilla las dudas más comunes sobre las funciones, integración y límites del CPC.
¿Qué es y qué no es el CPC? Aquí te lo contamos de manera sencilla y clara para resolver tus dudas.
Es el vínculo oficial entre el Sistema Estatal Anticorrupción y la ciudadanía de Quintana Roo. El CPC tiene las facultades de proponer políticas anticorrupción, metodologías e indicadores de evaluación y, sobre todo, vigilar el funcionamiento del Sistema.
Trabaja de manera coordinada bajo cuatro pilares de acción ciudadana:
Está integrado por cinco ciudadanas y ciudadanos destacados que se han distinguido por su trayectoria en materia de transparencia, rendición de cuentas, fiscalización o combate a la corrupción. Son elegidos de manera escalonada por una Comisión de Selección independiente tras una convocatoria pública y abierta a nivel estatal. Tienen la responsabilidad de vigilar el funcionamiento de todo el sistema estatal y generar mecanismos de participación social.
El CPC no es una oficina de gobierno tradicional, no es un órgano con facultades de auditoría penal o sancionatoria directa, y no investiga delitos ni impone multas por sí mismo. Su rol es estratégico y preventivo: proponer lineamientos institucionales, coordinar contralorías sociales y articular la participación ciudadana para blindar a las instituciones públicas de actos corruptos.
El CPC no es una instancia judicial o persecutora: no tiene facultades para sancionar a servidores públicos, inhabilitar empresas o dictar sentencias penales. Esas atribuciones corresponden legalmente a:
El rol del CPC es preventivo y estructural: proponer las políticas públicas y vigilar el funcionamiento del sistema para erradicar las causas del problema desde la raíz.